Tránsito de vehículos pesados en la capital

Se ha creado un problema político que confronta al gobierno de la República con las autoridades de la Municipalidad capitalina por el rechazo de los empresarios del transporte pesado a las restricciones de circulación ordenadas por el Concejo Municipal debido a que los propietarios de los transportes pesados acordaron hacer un paro en sus actividades y causaron alarma en la población porque amenazó con dejar sin gasolina a la ciudad, ante lo cual el Poder Ejecutivo reaccionó en forma desafortunada porque su intervención es a todas luces una violación a la Autonomía Municipal que estipula la Constitución de la República. El vicepresidente Eduardo Stein Barillas, quien no se pierde ninguna oportunidad para externar opiniones, aunque no sean de su competencia, se permitió afirmar que ?ve viable que la comuna muestre flexibilidad ante las demandas de los transportistas?, a lo que la vocera de la comuna capitalina, María José Salas, declaró que las autoridades municipales no piensan sentarse a ?negociar con terroristas? las disposiciones acordadas por el Concejo Municipal sobre ese particular, recordando que el empresario de transporte de gasolina Victoriano Zacarías cometió un evidente acto de terrorismo al abrir las llaves de una cisterna para derramar 20 mil galones de gasolina en la calzada Aguilar Batres, lo cual pudo haber causado una espantosa tragedia de consecuencias insospechadas. En vista de lo cual, el 2 de marzo 2004 el Presidente de la República, licenciado Óscar Berger Perdomo, declaró al periódico Al Día que cometieron un acto de terrorismo los pilotos del Transporte Pesado que fueron detenidos y encarcelados bajo cargos de terrorismo por abrir las llaves de dos camiones cisterna que colocaron en la Calzada Aguilar Batres, entre quienes se encontraba Wilson Carreto, actual presidente de la Asociación de Pilotos del Transporte Pesado, uno de los que llegaron ?a un feliz término? en las pláticas con el gobierno de la República representado por la señora Adela de Torrebiarte, ministra de Gobernación, la ministra de Energía y Minas, señora Carmen Urízar, el ministro de Trabajo, licenciado Rodolfo Colmenares y con el presidente da la Cámara de Industria, licenciado Ricardo Sagastume. Y si lo declaró el Presidente Constitucional de la República, no veo la razón para que lo desmienta la vocera del Palacio de la Loba.
Todo tuvo su origen en marzo del año en curso, cuando la Corporación Municipal de la ciudad capital integró una comisión que elaboró un ?Dictamen Técnico sobre las razones de soporte para ampliar el plazo de restricción de circulación para vehículos pesados en la Ciudad de Guatemala?. Dicha comisión estuvo compuesta por los arquitectos Giovanni Aragón, Jefe del Departamento de Planificación y Diseño Metropolitano, Oliver O. Hartleben, Director Técnico del Plan de Desarrollo Dirección de Infraestructura y Howard Yang, Director General de EMETRA; y el Oficial Marvin Mazariegos, Director de la Policía Municipal de Tránsito (PMT) de EMETRA que llegó a las siguientes conclusiones:
1. Las restricciones horarias de circulación para el transporte pesado implementadas en 2002 y 2003 han tenido sustanciales beneficios para los habitantes del Municipio.
2. Las restricciones horarias de circulación para el transporte pesado benefician a la mayoría (81% del tráfico versus 19%), mejorando la fluidez para el resto de usuarios entre un 6% y un 23%.
3. El crecimiento vehicular en general y de vehículos pesados en particular ha sido sustancial en los últimos años, lo cual ha agravado los congestionamientos de tránsito y ha extendido las horas punta.
4. Es necesario compatibilizar las restricciones de circulación para el transporte pesado con la de los municipios vecinos.
Esta comisión planteó las siguientes recomendaciones:
1) El horario de restricción de circulación para el transporte pesado debería extenderse de 5:30 a 9:00 AM por la mañana y de 4:30 a 8:30 PM por la tarde.
2) Las vías afectas a la restricción deberían continuar siendo las mismas que ya contempla el Acuerdo Municipal anterior (COM-018-2002 y sus modificaciones).

Pero los empresarios del Transporte Pesado no han aceptado estas medidas municipales -que aunque les causa algún problema a ellos, es innegable que benefician por varias razones a los vecinos de la capital- y como estamos en vísperas de las elecciones generales y el Alcalde Álvaro Arzú Irigoyen va a participar en busca de su reelección, unos periodistas que no pueden verle ni en pintura están aprovechando las circunstancias con el propósito de causarle dificultades y, de paso, beneficiar al candidato a la Alcaldía del partido oficial GANA, licenciado Roberto (“Canela”) González Díaz-Durán.
Pero en todas las capitales del mundo hay horarios establecidos para que puedan circular los vehículos pesados. Y nadie podría atreverse a decir que las restricciones no han beneficiado en muchos aspectos a los vecinos de la capital.
Sin embargo, quienes tratan de perjudicar a Arzú aprovechan el problema para que sirva como otro “pulso con el gobierno de la República”. Y a pesar de que Berger le debe a Arzú el haber incursionado en la vida política del país, desde que le llevó con él a la Alcaldía como Concejal y después le heredó el cargo de Alcalde cuando Arzú fue candidato presidencial por primera vez, el “Conejo” le guarda resentimientos porque cree que no le ayudó lo bastante cuando fue postulado candidato a la Presidencia por el partido de Avanzada Nacional (PAN), y por eso perdió ante el candidato del Frente Republicano Guatemalteco (FRG) Alfonso Portillo Cabrera. Pero lo cierto es que perdió porque Portillo fue mucho mejor candidato que él.
Por otra parte, el vicepresidente Stein fue ministro de Relaciones Exteriores durante los cuatro años del período de Arzú, pero quién sabe por qué razón no parece estar agradecido y ahora se complace en meterle zancadilla para tratar de impedir su reelección. Pero es en vano porque, aunque les duela, Arzú va a ser reelecto para otro período porque es innegable que ha sido un buen Alcalde. Bien dicen las gentes sencillas del campo que “no hay nada más peligroso que hacer un favor a un malagradecido”. ¡Y pensar que si Berger llegó a ser Alcalde de la capital fue gracias a su amistad con Arzú! Pero ahora no tiene empacho en violar la autonomía de la municipalidad a cuyo frente estuvo gracias a Arzú. “Cosas veredes Sancho amigo”, como dijo El Quijote a Sancho Panza en el libro que Berger nunca ha leído porque le parece demasiado voluminoso.
El Vice Alcalde Enrique Godoy García-Granados dirigió una carta suficientemente elocuente al licenciado Óscar Clemente Marroquín Godoy, propietario y director general del vespertino La Hora, en relación al editorial que dicho medio publicó ayer. En las partes conducentes, esa carta dice:
“1. La potestad o autoridad o competencia de cualquiera de las 332 municipalidades de regular el transporte de carga y de pasajeros no se deriva del traslado o delegación de la función de controlar el tránsito en la respectiva circunscripción. Ésta se obtiene a través del Código Municipal, artículo 68 inciso D (del actual Código Decreto 12-2002) o del artículo 40 inciso N del código anterior decreto 58-88 ya derogado, pero lo menciono para mostrar que esta competencia existe desde hace casi 20 años como mínimo.
“Este inciso dice literalmente así (en ambos decretos): “Artículo 68(40): Competencias Propias del municipio: Las competencias propias del municipio deberán cumplirse por el municipio, por dos o más municipios bajo convenio y son las siguientes: d (n) Regulación del transporte de pasajeros y carga y sus terminales locales” Obviamente, esta regulación sólo es dentro de la circunscripción municipal correspondiente. 2. El tema de la autonomía municipal se viola flagrantemente, toda vez que el mismo código municipal en su artículo tercero (3) -el cual describe la autonomía municipal- en su parte final dice: “Ninguna ley o disposición legal podrá contrariar, disminuir o tergiversar la autonomía municipal establecida en la Constitución Política de la República.”
“Dice la Constitución Política de la República en su Artículo 253. Autonomía Municipal que los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde: a) elegir a sus propias autoridades b) obtener y disponer de sus recursos; y c) atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial y el cumplimiento de sus fines propios. Para los efectos correspondientes emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos.”
“Aquí aprovecho para incluir una parte de la participación de un representante a la Asamblea Constituyente de 1945 cuando estaba en plena discusión la creación de la Autonomía Municipal. El presidente de la Constituyente y de la Comisión de los Quince fué mi bisabuelo, Jorge García Granados, y conservo un ejemplar del Diario de Sesiones de esa Asamblea. En la discusión del artículo 4 del capítulo X (que trata de los gobiernos departamentales y municipales) este representante dice en parte de su alocución: “Creo que es mejor que este artículo vuelva a la Comisión a fin de darle una mejor redacción, a fin de evitar la intromisión de la policía central en los municipios, pues, en la forma como aparece ahora, a mi manera de ver, deja sin ninguna autoridad al pobre Alcalde; sería algo así como anular la Autonomía Municipal.” Ese representante era el representante del Departamento de El Progreso, Clemente Marroquín Rojas.
“3. Finalmente, con el último tema mencionado en ese párrafo donde se comenta que el interés general debe prevalecer sobre el privado, eso es justamente lo que busca la normativa aprobada por el Concejo Municipal desde el año 2001 (siendo ampliada y modificada en dos ocasiones en 2003 y 2007). Buscamos el beneficio de la población en general, aunque sufra algún detrimento un sector privado y menor de la población. El detrimento principal en estos momentos lo estaba generando un paro “sindical” apoyado al 100% por los empresarios y el gobierno, que al fin y al cabo son lo mismo, ya que era esta acción la que estaba afectando a la población en general. ¡Qué distinta la reacción del gobierno cuando son sectores populares, magisteriales u obreros y cuán diferente es cuando son los empresarios!
“El acuerdo municipal que regula el transporte de carga en las vías principales de la ciudad de Guatemala sigue vigente, no fué derogado por el Concejo ni por alguna sala o corte y, por tanto, seguirá siendo sancionado por los agentes de la Policía Municipal de Tránsito para beneficio de la gran mayoría de la población del área metropolitana”.
Supongo que a estas alturas del problema el Concejo Municipal ya habrá elaborado alguna acción legal ante la Corte de Constitucionalidad en vista de la flagrante violación a la Carta Magna que constituye la intromisión del gobierno central en algo que es competencia exclusiva de la Municipalidad capitalina. Y supongo también que la Asociación de Alcaldes Municipales (ANAM) va a expresar su apoyo al Alcalde capitalino.

Posted in Sin categoría