El delicado caso de Willy Zapata

Como consecuencia del fraude o la estafa cometida por el Banco de Comercio (BC), en el que numerosas personas tenían depósitos ?algunos de ellos millonarios en la offshore con la cual operaban-, por lo que varios abogados han interpuesto diferentes recursos para que se tomen medidas contra quienes puedan ser los responsables, ha surgido un caso político-judicial por el que dos mujeres fiscales del Ministerio Público (MP) solicitaron que el licenciado Willy Waldemar Zapata Sagastume, ex Superintendente de Bancos, sea arraigado para que no pueda abandonar el país para ir a asumir un cargo de asesor en el Banco Mundial con sede en Washington, mientras se obliga al Estado a reembolsar su dinero a quienes han perdido sus depósitos y sus inversiones.
La historia que conozco es la siguiente: el licenciado Zapata desempeñaba el cargo de Superitendente de la Administración Tributaria (SAT) cuando, en diciembre de 2004, fue nombrado para desempeñar el cargo de Jefe de la Superintendencia de Bancos (SIB) por el presidente Óscar Berger Perdomo, quien después lo confirmó el 1 de octubre de 2006 para cuatro años más, o sea que el período para el cual fue nombrado terminaría en el 2010.
Durante este período se dio la intempestiva y todavía cuestionada cancelación del Banco del Café (BANCAFE) y el cierre de actividades del Banco de Comercio (BC), por las que Zapata fue sumamente criticado y por lo cual aún tiene pendientes varios procesos judiciales. En el primer caso se ha dicho que fue excesivamente apresurada la acción de la SIB porque el BANCAFE no se encontraba en situación de quiebra y pudo haber salido a flote y haberse resuelto su situación con una multa por haber hecho un préstamo inconveniente. Por lo cual se ha sospechado que hubo una actitud premeditada contra BANCAFE por motivos políticos (sacar de la palestra a quien parecía ser el seguro candidato de la GANA, licenciado Eduardo González Castillo, a la sazón Secretario Ejecutivo de la Presidencia de la República), y favorecer a otro banco en el cual Zapata había sido alto funcionario.
Pero en cuanto al BC, se le acusa de que a pesar de haber tenido conocimiento de la anómala situación por la que atravesaba, no la denunció a su debido tiempo para evitar que ese banco decidiera por cuenta propia el cierre de sus operaciones, lo cual constituye el delito de Omisión de Denuncia. Y de ser así, también caería en el delito de Incumplimiento de Deberes. De comprobarse que Zapata es culpable del primero de los delitos, la pena que recibiría sería una multa dictada por un Juez de Paz; y si también fuese culpable del segundo delito, sí se le podría sentenciar a prisión.
En pocas palabras, desde entonces el licenciado Zapata no ha sido precisamente muy estimado por los afectados, tanto en el primero como en el segundo de los casos señalados. Pero los afectados en el segundo caso no se han cruzado de brazos, sino lo señalan como culpable de la pérdida de su dinero, con el obvio objetivo de que el Estado les reembolse el dinero que de otra manera ya han perdido.
En otras palabras, la presencia del señor Zapata en ese cargo ya era sumamente conflictiva y lo que se tenía que hacer desde hacía varios meses era pedirle su renuncia, lo cual fue solucionado políticamente ahora por el Secretario Privado de la Presidencia, señor Gustavo Alejos Cámbara, por instrucciones del Presidente de la República, ingeniero Álvaro Colom Caballeros, quien es un viejo amigo del licenciado Zapata desde que ambos trabajaron en un gobierno pasado.
Para solucionar el caso en forma política, se decidió instruir al ministerio de Finanzas para que solicitara el apoyo de los otros países centroamericanos para que Zapata fuese nombrado en el Banco Mundial para ese cargo en representación de Centroamérica. Esto quiere decir que en una forma política ya estaba asegurada su salida en puente de plata. Y, de acuerdo a lo acordado, el licenciado Zapata presentó su renuncia al Presidente Colom la mañana del martes 19 del mes pasado, la cual, lógicamente, fue aceptada en el acto y, de acuerdo con la ley, el Presidente Colom solicitó a la Junta Monetaria que propusiera una terna para sustituírle.
Empero, sorpresivamente, a las 2 de la madrugada de ese mismo día, dos señoras o señoritas fiscales del MP, sin tener instrucciones previas del Fiscal General, licenciado Juan Luis Florido, iniciaron un caso judicial contra el licenciado Zapata y solicitaron su arraigo. Tanta diligencia, aún en horas de la madrugada, hace que cualquiera pueda entrar en sospechas de que detrás de esta actitud pueda haber intereses ocultos demasiado grandes y poderosos porque, aparentemente, la decisión de las fiscales surgió por un titular de primera plana del periódico Siglo Veintiuno. Y esto despertó sospechas de que el Gobierno no hubiese tenido realmente la intención de tenderle un puente de plata al licenciado Zapata, sino le tendió una trampa para que después de que renunciara del cargo, el mismo día le arraigó para que no pueda salir del país.
Pero no parecía congruente que por una parte el Gobierno le tendiese un puente de plata para se fuese a trabajar al Banco Mundial tan pronto renunciara y, por otra parte, el MP le abriese un caso judicial y pidiese su arraigo, por lo que se sospecha que la auténtica intención tenga un carácter político para que, si se comprueba la responsabilidad del licenciado Zapata, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 155 de la Constitución de la República, se obligue al Estado a devolver su dinero a los inversionistas en el BC. Porque el artículo 155 de la Constitución (Responsabilidad por infracción de la ley) dice: ?Cuando un dignatario, funcionario o trabajador del Estado, en el ejercicio de su caro, infrinja la ley en perjuicio de particulares, el Estado o la institución estatal a quien sirva, será solidariamente responsable por los daños y perjuicios que se causaren.
Y en un segundo párrafo añade: ?La responsabilidad civil de los funcionarios y empleados públicos, podrá deducirse mientras no se hubiere consumado la prescripción, cuyo término será de veinte años?.
Y sigue diciendo: ?La responsabilidad criminal se extingue, en este caso, por el transcurso del doble del tiempo señalado por la ley para la prescripción de la pena.
Y el artículo 155 concluye: ?Ni los guatemaltecos ni los extranjeros, podrán reclamar al estado, indemnización por daños o perjuicios causados por movimientos armados o disturbios civiles?.
Esto quiere decir que si se logra comprobar la responsabilidad del licenciado Willy Zapata cuando fue el Jefe de la Superintendencia de Bancos, se podría responsabilizar de Omisión de Denuncia y de Incumplimiento de Deberes, y obligar al Estado a reembolsar más de mil millones de quetzales de los depósitos y, si logran su propósito, también los millones de quetzales con los que especulaban los inversionistas con intereses preferenciales en una offshore de Panamá que, por supuesto, también quebró. Lo que significaría que cualquier persona que abra un banco, con el deliverado propósito de estafar a los depositarios, podría hacerlo tranquilamente porque al quebrar el Estado se encargaría de devolver sus depósitos a los cuenta habientes y después van a exigir que también les reembolsen su dinero a los inversionistas especuladores. ¡Cómo no Chon! ¡Qué de a tú!
¿Cómo lo ven desde allí?, como dicen en el Oriente del país.

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