Manifiesto apócrifo que está circulando (2)

Ayer comencé a reproducir textualmente el ?Manifiesto público y compromiso con la Patria? que está circulando por Internet, cuya autoría se atribuye a los generales retirados Luis Felipe Miranda Trejo y José Luis Quilo Ayuso y en el cual se plagió el logotipo de la Asociación de Veteranos Militares de Guatemala (AVEMILGUA), en cuyo texto hay también algunas graves acusaciones, calumnias y difamaciones políticamente incorrectas que deben señalarse en aras de la verdad contra el actual gobierno de la República y del presidente Álvaro Colom Caballeros y de su esposa, señora Sandra Torres Casanova y su hermana Gloria Torres Casanova. Además, afirmé que los susodichos generales deben aclarar que no fueron los autores, y aunque hoy tenía el propósito de dar a conocer las conclusiones que hay en la segunda parte del manifiesto, antes voy a reproducir una aclaración de fecha 29 de julio que me dicen que hizo el general Miranda Trejo, la cual me envió por correo electrónico otro militar amigo.
ASOCIACIÓN DE VETERANOS MILITARES DE GUATEMALA
COMUNICADO A LOS VETERANOS MILITARES Y AMIGOS.

?Por el respeto que nos merece su atención y su participación como parte de la gran familia militar, tengo el deber de informarles que este medio de comunicación (Internet), ha sido utilizado ilegalmente por algunas personas que no tienen ninguna relación con nuestra Asociación de Veteranos Militares de Guatemala, quienes plagiaron el logotipo de la página WEB, (www.avemilgua.com), para difundir un libelo que está calzado con los nombres del suscrito y del General de División JOSÉ LUIS QUILO AYUSO, ex presidente de la Junta Directiva 2004-2006, y el contenido de ese anónimo es una afrenta contra la verdad que ofende a distintas personas y usurpa el nombre de dos Veteranos Militares cuya trayectoria profesional no es compatible con esa campaña difamatoria, ya que sus principios éticos y morales son fieles a la Institución que me honro en presidir.?
Fraternalmente.
General de Brigada y Licenciado
LUÍS FELIPE MIRANDA TREJO

Presidente.
Guatemala, 29 de julio de 2,008.
Tan pronto recibí este correo que me envió un amigo que también es general retirado, traté de comunicarme con el general Miranda para confirmar que en efecto él lo envió, para lo cual llamé por teléfono a las oficinas de AVEMILGUA, pero la persona que me contestó me informó que el susodicho general retirado no estaba presente y no volvería sino hasta el próximo lunes. Pero esta mañana insistí en hacer la llamada y él estaba en su despacho, me atendió y me confirmó que el supuesto “manifiesto público” no lo suscribieron el general Quilo ni él, ni tampoco lo envió AVEMILGUA. Pero también me confirmó que sí envió la nota aclaratoria que arriba he reproducido.
Sigamos ahora con la segunda parte y final del Manifiesto Público apócrifo.
POR LO TANTO:
Y de conformidad con el mandato y la obligación que tenemos y que nos impone a todos los ciudadanos el artículo 135 de la Constitución de: a) Servir y defender a la Patria; b) Cumplir y velar porque se cumpla la Constitución de la República:
1. Nosotros, formados en el Ejército de Guatemala para servir y defenderla, con la obligación de velar porque la Constitución se cumpla, estamos dispuestos y prestos a dar y ofrecer, de nuevo, nuestras vidas por estos fines sagrados constitucionales, hoy pisoteados impunemente por los Colom-Torres.
2. Llamamos a todo aquel ciudadano que ha servido en el Ejécito de Guatemala para unificarse con nosotros en esta hora en que la Patria demanda nuestra acción inmediata.
3. Nos declaramos en RESISTENCIA CONSTITUCIONAL tal y como nos da derecho a hacerlo el artículo 45 de nuestra Carta Magna (?Es legítima la resistencia del pueblo para la protección y defensa de los derechos y garantías consignados en la Constitución?)
4. Ofrecemos todo nuestro apoyo y respaldo a los miembros, en todos los niveles, del Ejército de Guatemala, para que cumplan con pundonor con lo establecido en el artículo 244 de nuestra Constitución y por tal procedan y actúen para:
a. DEFENESTRAR Y CAPTURAR, inmediatamente, al Presidente de la República, don Álvaro Colom Caballeros y a quien ha sido comparsa de él, el Vicepresidente de la República, don Rafael Espada.
b. Poner a ambos a disposición de la Justicia para que se les deduzcan las responsabilidades respectivas por hechos que van desde la corrupción, narcotráfico, lavado de dinero, hasta la traición a la Patria, pasando por la violación constitucional y legal.
c. Que junto con estos dos personajes, se procedaa capturar, principalmente, a las señoras Sandra Torres Casanova de Colom y Gloria Torres Casanova, así como a ministros, secretarios, asesores y personal de confianza de este Gobierno.
5. Ofrecemos todo nuestro apoyo, incondicional, a la Honorable Corte de Constitucionalidad para que, los magistrados que la integran, al igual que cuando se dictaminó en el caso del autogolpista Jorge Serrano Elías, hoy, ordenen y promulguen que los cargos de Presidente y Vicepresidente de la República quedan vacantes en virtud que Álvaro Colom Caballeros y Rafael Espada, violaron flagrantemente la Constitución y los derechos elementales de los ciudadanos; esto basado en lo que se establece en:
a. El artículo 268 de la Constitución que declara: ?La Corte de Constitucionalidad es un tribunal permanente de jurisdicción privativa, cuya función esencial es la defensa del orden constituional??
b. En la Sentencia de fecha 05-09-90, adentro del Expediente No. 267-89, la Corte de Constitucionalidad decretó:
?? La Constitución Política de la República instituyó la Corte de Constitucionalidad como un Tribunal de jurisdicción privativa, cuya función esencial es la defensa del orden constitucional. Ello es porque la Constitución como fuente unitaria del derecho de una nación es la génesis del ordenamiento jurídico? De lo anterior deviene que formalmente la razón de validez del orden jurídico se deriva de una sola norma fundamental, esto es, la Constitución Política de la República, cuya supremacía ha sido reconocida en la propia Constitución (artículos 175 y 204) y como corolario de esto, ninguna autoridad del Estado tiene poderes o facultades superiores a las que le otorga la carta fundamental??
6. Que estamos dispuestos a tomar CUALQUIER medida, inmediata, para defenestrar constitucionalmente a quienes temporalmente ocupan los cargos de Presidente y Vicepresidente de la República.
7. Y que así mismo, no descansaremos hasta ver que Sandra Torres Casanova de Colom y su hermana Gloria Torres Casanova, sean capturadas, puestas a disposición de los tribunales de justicia y condenadas a las penas correspondientes en prisiones específicas.
8. Que inmediatamente el Congreso de la República proceda a designar al nuevo Presidente y Vicepresidente provisionales, y que en el menor tiempo posible se convoque a una Asamblea Nacional Constituyente para que la población pueda participar libremente, sin necesidad de hacerlo exclusivamente por medio de partidos políticos ?tal y como ocurrió en la convocatoria para la Asamblea Nacional Constituyente que promulgó la actual Constitución-, en la composición de una nueva estructura constitucional.”
CÚMPLASE, PUBLÍQUESE Y DÉSELE SEGUIMIENTO
EN NOMBRE DE NUESTRA INSTITUCIÓN Y EN REPRESENYACIÓN DE SUS MIEMBROS
Gral. Bgda. Luis Felipe Miranda Trejo.
Presidente 2006-2008
Gral. Dvsn. José Luis Quilo Ayuso.
Presidente 2004-2006.

Hasta aquí llega el apócrifo MANIFIESTO PÚBLICO Y COMPROMISO CON LA PATRIA cuya autoría se atribuye a los mencionados generales retirados y a la Asociación de Veteranos Militares de Guatemala AVEMILGUA. Mañana comenzaré a comentarlo, si Dios quiere.

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