CAMPAÑA POLÍTICA PERMANENTE

¡Así no se vale!

El travestismo político populista consiste en vestir los trajes típicos de los indígenas de diferentes zonas del país para que los ingenuos pobladores crean que quieren ser iguales a ellos.
Por muchos de los medios de comunicación se viene discutiendo desde hace varios días si sería legal que la señora Sandra Torres Casanova de Colom, esposa del actual Presidente de la República, ingeniero industrial Álvaro Colom Caballeros, pueda optar a participar en las elecciones presidenciales que tendrán lugar en noviembre del 2011 para sustituir a su marido durante el siguiente período constitucional (del 2012 al 2016) o si se lo prohíbe el artículo 186 de la Constitución Política de la República que en su inciso c) establece ?la prohibición categórica para que los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, lo que incluye al cónyuge, puedan optar a los cargos de Presidente o Vicepresidente de la República cuando éste último se encuentre ejerciendo la Presidencia y los de las personas a que se refiere el inciso primero de este artículo, entendiéndose que la prohibición es únicamente para el período en que se realice la elección en que los dignatarios mencionados hayan fungido y no para períodos subsiguientes?, según se desprende del Expediente 212-89 de fecha 16 de noviembre de 1989 que contiene la respuesta de los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) a la solicitud de su opinión consultiva planteada por el Organismo Legislativo y Congreso de la República sobre si podrían optar a la Presidencia o Vicepresidencia de la República en las siguientes elecciones presidenciales el general retirado José Efraín Ríos Montt –quien asumió la jefatura del gobierno como consecuencia del golpe de estado contra el presidente legalmente constituído, General de división Fernando Romeo Lucas García, perpetrado el 23 de marzo de 1982, que alteró el orden institucional– y la licenciada Raquel Blandón Sandoval de Cerezo, por ese entonces esposa del Presidente de la República, licenciado Marco Vinicio Cerezo Arévalo. Esta opinión consultiva fue firmada por el magistrado presidente, Alejandro Maldonado Aguirre, y los magistrados Edgar Enrique Larraondo Salguero, Edmundo Quiñones Solórzano, Adolfo González Rodas y José Roberto Serrano Alarcón, y el Secretario General Rodrigo Herrera Moya.
Por esta decisión unánime de los magistrados de la CC, ninguno de los dos mencionados presuntos candidatos pudieron participar en la elección presidencial de 1990 para desempeñar dicho cargo de 1991 a 1995. Sin embargo, para la elección del siguiente período (1995-1999), la licenciada Blandón Sandoval (ya divorciada del ex Presidente Cerezo Arévalo) sí pudo optar al cargo de Vicepresidenta de la República en la papeleta que encabezó el ingeniero José Asturias Rúdeke; y, gracias a que su partido político Frente Republicano Guatemalteco (FRG) había logrado que algunos de sus partidarios y allegados se situaran como magistrados en la CC y por la amenazante presión que ejercieron las turbas de campesinos enardecidos que los seguidores del viejo general trajeron a la capital durante el tristemente recordado ?jueves negro? y el ?viernes de luto?, el general Ríos Montt logró ser inscrito como candidato presidencial para la elección que tuvo lugar el 9 de noviembre de 2003.
De acuerdo a lo cual la señora Sandra Torres Casanova de Colom no podrá optar a la Presidencia de la República para la elección que se llevará a cabo en el transcurso del período en el que su marido ejerce ese cargo; pero según lo expresado en la opinión consultiva de la CC podrá optar a la Presidencia en las siguientes elecciones. A menos que, como ya lo han sugerido algunas personas, algún leguleyo o ?güizache? podría acosejarle divorciarse antes de que llegue el momento de hacer la inscripción de su candidatura al Tribunal Supremo Electoral. Aunque también hay quienes dicen que ella y el ingeniero Colom Caballeros están unidos solamente de hecho porque no están casados por la ley ni por la iglesia católica, por el hecho que ambos han sido casados y divorciados. Este es el tercer matrimonio del presidente, porque enviudó la primera vez, pero en la segunda se divorció, mientras que este es el segundo matrimonio de doña Sandra porque anteriormente estuvo casada con el licenciado Augusto Deleón Sotomayor; y la única ceremonia en la que el ingeniero y doña Sandra participaron fue un supuesto ritual ?maya? tuvo lugar en La Habana (Cuba). Aunque esto no está debidamente demostrado, pero cabe la posibilidad que pueda ser un recursos que se saquen de la manga.
Alguna de las personas allegadas al actual gobierno o al partido Unidad Nacional de la Esperabza (UNE), otros que quieren “hacer méritos” para obtener el nombramiento para un codiciado cargo público como el de Procurador de la Nación (¿verdad Acisclo?) y otros de los lambiscones que nunca faltan han venido sosteniendo que la cónyuge del presidente Colom no tiene impedimento para ser candidata porque entre las personas a quienes el artículo 168 de la Constitución Política de la República les prohíbe optar a los cargos de Presidente y Vicepresidente están ?los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad?, pero no se especifica la palabra cónyuge; y, según su peregrino criterio leguleyesco, o su lambisconería interesada, si los autores de la Carta Magna hubiesen querido impedir que los cónyuges también lo tuviesen prohibido, seguramente lo habrían especificado. No comprenden ?o no quieren entender- que, como ya lo dijo la CC en su opinión consultiva al prohibir que puedan optar a los cargos de Presidente o Vicepresidente de la República ?los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad?, los magistrados constitucionalistas agregaron intencionalmente ?lo que incluye al cónyuge?.
También hay otras personas que apoyan la aspiración de la señora Sandra Torres Casanova que acusan de misóginos y de querer discriminarla por el hecho de ser mujer a quienes se han manifestado opositores a que ella pueda ser candidata a la Presidencia de la República en el transcurso del período en el que su marido está ocupando ese alto cargo. Pero esto también es falso. Quienes conocemos personalmente a la señora en cuestión sabemos que es una mujer sumamente inteligente y preparada y de admirable capacidad de trabajo y patriotismo, así como también de elevada capacidad política. Es más, en lo personal estoy convencido de que de no haber sido por ella el ingeniero Álvaro Colom Caballeros no habría ganado las dos vueltas que fueron necesarias para la elección ni sería hoy Presidente de la República. Tampoco es verídico que me manifieste en contra de que doña Sandra insista en desear ser candidata presidencial en las elecciones que tendrán lugar antes de que termine el período para el que fue electo su marido por el hecho que, como es ampliamente sabido, es una persona sumamente autoritaria que actualmente está co-gobernando el país y desempeñando funciones oficiales para las cuales no la autoriza la Constitución. No. Eso está mal hecho, pero no es por eso que me opongo. Es más: hay quienes creen que es ella quien verdaderamente gobierna al país a través de su esposo, porque participa en las juntas de gabinete, influye decididamente en los nombramientos y despidos de los funcionarios públicos, toma importantes decisiones sin tener que pedir la autorización de su marido el presidente, gira instrucciones a diestra y siniestra, regaña a los funcionarios y quien no goza de su simpatía y apoyo está perdido, etcétera. Esto es así al extremo de que hay quienes creen que es ella realmente la que gobierna mientras su marido se dedica a viajar constantemente y se limita a apoyar los famosos programas de “Solidaridad”, “Cohesión Social” y de Comedores, para lo cual gastan muchos millones de quetzales del Estado para saturar con propaganda los canales de televisión del poderoso empresario mexicano Ángel Remigio González. Ningún gobierno anterior había gastado tanto dinero en propaganda como está gastando éste. Aprovechan todas las actividades del gobierno como propaganda electoral para el futuro. ¡Eso no se vale!
Creo sinceramente que si la señora Sandra Torres aspira a ser la primer mujer que ocupe la Presidencia de la República de Guatemala, para lanzar su candidatura debe esperar que termine el período de su marido y postularse para la siguiente elección, cuando ya no se pueda decir que ha hecho campaña política todos los días y aprovechándose ventajosamente los recursos del Estado y explotando todas sus acciones presentes para cobrarse en el futuro beneficios electorales. Porque no se vale aprovechar todas las acciones que realiza el gobierno, con dinero del Estado, para hacer una campaña electoral prematura promovida y financiada con recursos del Estado. Si participase como candidata presidencial inmediatamente después de que termine este período sería un claro caso de continuismo. ¡Así no se vale!


Aprovecha la presencia y colaboración en el interior de la república de los médicos cubanos enviados por los hermanos Fidel y Raúl Castro.


Sus constantes visitas a los pueblos necesitados la hacen aparecer como una benefactora personal de los pobres, al estilo de Evita Perón en Argentina.


Se publicita su simpatía o compasión sincera o fingida por las personas ancianas.


Se hace acompañar de médicos cubanos cuando visita a los necesitados de atención.


Constantemente reparte dinero del Estado a diestra y siniestra y los pobres.


Los esposos Colom-Torres se comportan en público como una pareja sumamente amorosa.


Reparte sillas de ruedas a los discapacitados que creen que ella es quien se las dona


La llamada “primera dama de la nación” inaugura obras sociales en nombre del gobierno de su esposo como si fuesen propias mientras el ingeniero Colom anda viajando.

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